Actualidad y experiencias

Aprobada la Llei del voluntariat

Esta ley fortalece la misión de AACIC CorAvant de mejorar la calidad de vida de las personas que tienen una cardiopatía congénita y la de sus familias

El Govern ha aprobado el proyecto de la Llei del voluntariat, que tiene por objetivo fomentar, promover, reconocer y proteger el modelo catalán de voluntariado.

Esta ley significa un paso adelante para las asociaciones catalanas y desde AACIC CorAvant estamos muy satisfechos de su aprobación, ya que a partir de las acciones de voluntariado se fortalece nuestra misión de mejorar la calidad de vida de las personas que tienen una cardiopatía congénita y la de sus familias.

La Llei del voluntariat consta de cuatro títulos:

– Disposiciones generales, en el que se reconoce el voluntariado como un elemento diferencial de entre las diversas formas de participación y como actitud social que responde al sentimiento de sentirse solidario y a la vez beneficiario de la acción.

– Relaciones entre el voluntariado y las entidades, donde se presenta el espacio en el que nace y se estructura el voluntariado, es decir, el espacio de las entidades privadas sin ánimo de lucro. En este apartado también se exponen los derechos y los deberes de las personas voluntarias y de las entidades que hacen posible las acciones voluntarias, y renueva y actualiza los derechos y deberes recogidos en la Carta del Voluntariat de Catalunya.

– Relaciones entre las entidades y la Administración, donde queda patente que se deben fomentar los principios de colaboración, complementariedad y participación entre ambas partes.

– Fomento del voluntariado, en el que se promueve el trabajo en red y la puesta en común de los recursos existentes en un mismo territorio potenciando las medidas para la sensibilización de la ciudadanía y su incorporación en proyectos o programas de voluntariado.

Además, esta ley contiene una disposición adicional sobre el voluntariado en materia de protección civil y cooperación al desarrollo; una disposición transitoria referente a la adaptación de las entidades; y dos disposiciones finales: la habilitación para el desarrollo reglamentario y la entrada en vigor de la ley.